Consejo de Estado confirma registro de marcas "TOSTAO CAFÉ & PAN" tras analizar similitud con marca previa
Proviene de: Sentencias
28 de agosto de 2025 16:28:32
Tribunal y naturaleza de la providencia
La decisión fue adoptada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, actuando en única instancia en un proceso de nulidad relativa contra actos administrativos de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). Mediante dicha providencia, el alto tribunal negó la nulidad de dos resoluciones emitidas por la SIC en 2016 y 2017 que concedieron el registro de dos marcas a una sociedad comercial.Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue interpuesta por una sociedad dedicada a la producción y comercialización de productos alimenticios, que alegó la nulidad de las resoluciones de la SIC por considerar que la concesión del registro de las marcas “TOSTAO CAFÉ & PAN” (en sus modalidades mixta y nominativa) a favor de otra sociedad vulneraba su derecho exclusivo sobre la marca “TOSTAO”, previamente registrada para productos en la clase 30 del Nomenclátor Internacional de Niza. El demandante argumentó que las marcas cuestionadas reproducían de manera idéntica el elemento nominativo distintivo “TOSTAO”, generando riesgo de confusión y asociación en el público consumidor. Además, señaló que las expresiones adicionales “CAFÉ” y “PAN” eran genéricas y descriptivas, sin aportar distintividad, constituyendo una apropiación indebida del prestigio comercial adquirido por la marca original. La sociedad titular de las marcas registradas respondió que existían diferencias significativas tanto en la parte gráfica como nominativa, y que los productos y servicios protegidos eran distintos o dirigidos a públicos diferentes, por lo que no existía riesgo de confusión. La SIC, a su vez, defendió la legalidad y motivación de sus resoluciones, señalando que no se...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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