Consejo de Estado confirma responsabilidad patrimonial por muerte de estudiante en transporte privado y excluye al departamento del Cauca
Proviene de: Sentencias
28 de agosto de 2025 16:37:36
Tribunal y contexto procesal
La providencia fue emitida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección C del Consejo de Estado, en segunda instancia, con ponencia del magistrado designado. El caso se originó por medio de una acción de reparación directa instaurada contra el departamento del Cauca, el municipio local y un particular conductor, por la muerte de un estudiante que se movilizaba en un vehículo privado tipo “chiva” para transporte escolar.Antecedentes fácticos y procesales
El siniestro ocurrió el 21 de mayo de 2008, cuando un estudiante de sexto grado de una institución educativa departamental sufrió un trauma contundente en la región occipital tras golpearse contra un poste eléctrico mientras viajaba en el vehículo privado conducido por un particular. La demanda solicitó la declaratoria de responsabilidad patrimonial del departamento del Cauca, del municipio y del conductor por los perjuicios causados. En primera instancia, el Tribunal Administrativo local accedió parcialmente a las pretensiones, estableciendo la responsabilidad del departamento, el municipio y el conductor. La sentencia indicó que el departamento y el municipio actuaron con permisividad al permitir el uso de un vehículo no apto para transporte escolar, y que el conductor incumplió la capacidad permitida de pasajeros, lo que propició el accidente fatal. El departamento del Cauca interpuso recurso de apelación, argumentando que no contrató el servicio de transporte para los estudiantes en la fecha del accidente, que los pagos por dicho servicio fueron realizados por el municipio, y que la muerte no le era imputable por tratarse de un actuar exclusivo de un tercero.Consideraciones jurídicas de la providencia
La Sala inició su análisis...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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