Consejo de Estado declara la caducidad en acción de reparación directa por incumplimiento de orden judicial en Valledupar
Proviene de: Sentencias
28 de agosto de 2025 16:38:15
Contexto y naturaleza de la providencia
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Subsección C, del Consejo de Estado, en segunda instancia, emitió una sentencia el 14 de julio de 2025, en el proceso de reparación directa instaurado por una sociedad comercial contra el municipio de Valledupar y el departamento del Cesar, por la supuesta omisión en el cumplimiento de una orden judicial de desalojo en un predio ubicado en Valledupar. El fallo revoca una decisión previa del Tribunal Administrativo del Cesar, que había accedido parcialmente a las pretensiones de la demanda en primera instancia, condenando al municipio por daño emergente derivado de la ocupación ilegal y permanente del inmueble.Antecedentes fácticos y procesales
La controversia se originó en 2011 cuando un grupo de personas ocupó de hecho el predio conocido como "Lote número uno de la Unidad Residencial O.G.B.", propiedad de la sociedad demandante. Ante esta situación, la sociedad presentó una querella policiva ante la alcaldía de Valledupar, que decretó el lanzamiento por ocupación de hecho mediante resolución administrativa. Paralelamente, los ocupantes interpusieron una acción de tutela contra la alcaldía, el departamento del Cesar y otras entidades, para obtener soluciones habitacionales previas al desalojo. En respuesta, el juzgado administrativo competente amparó los derechos fundamentales a la vivienda digna y la salud, ordenando la realización de un censo de las familias asentadas en el predio y la fijación de una nueva fecha para la diligencia de desalojo dentro de plazos específicos. No obstante, las entidades demandadas no ejecutaron las órdenes impartidas en el fallo de tutela, incumpliendo así con la realización del censo y la programación del...Más noticias sobre Derecho Administrativo
No se encontraron sugerencias