Consejo de Estado aclara voto sobre nulidad de contribución especial a prestadores de servicios públicos
Proviene de: Sentencias
1 de septiembre de 2025 13:20:53
Contexto y naturaleza de la decisión
La aclaración de voto fue emitida por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en el marco de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho. La providencia se relaciona con la sentencia que declaró la nulidad del artículo 2 de la Resolución que establecía la base gravable para una contribución especial y adicional dirigida a los prestadores de servicios públicos para el año 2020. Esta resolución fue expedida por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.Antecedentes fácticos y procesales
El proceso judicial se originó a partir de una demanda interpuesta por una empresa prestadora de servicios públicos contra la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. La disputa giró en torno a la legalidad del cobro de una contribución especial para el financiamiento de gastos de funcionamiento e inversión de dicha entidad. La sentencia inicial, dictada el 26 de junio de 2024, declaró la nulidad del artículo que establecía la base gravable de esta contribución, argumentando que el acto administrativo carecía de validez.Consideraciones de la providencia y fundamentos jurídicos
La aclaración de voto sostiene que, pese a la discrepancia expresada en el salvamento de voto anterior respecto a la decisión de nulidad, resulta indispensable acatar la sentencia conforme al artículo 189 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Este precepto establece que las sentencias de nulidad tienen efectos erga omnes, es decir, son de obligatorio cumplimiento para todos los operadores jurídicos. Además, la aclaración destaca que las sentencias que declaran la nulidad de actos administrativos de carácter general surten efectos...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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