Consejo de Estado aclara criterios sobre condena en costas en procesos de nulidad y restablecimiento del derecho
Proviene de: Sentencias
1 de septiembre de 2025 13:27:22
Contexto y antecedentes del caso
La providencia judicial fue dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, del Consejo de Estado, en el marco de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho promovido por una sociedad demandante contra una entidad pública. En primera instancia, se había condenado en costas a la parte vencida, pero esta decisión fue revocada parcialmente por la Sala, argumentando la improcedencia de dicha condena debido a la falta de prueba suficiente que acreditara la causación de las agencias en derecho.Consideraciones jurídicas principales
El análisis realizado en la aclaración de voto se centra en la regulación actual de la condena en costas, especialmente en los procesos administrativos de nulidad y restablecimiento del derecho. Se destaca que el CPACA, a través de su artículo 188, remite a las normas del régimen general del proceso para la imposición de costas, salvo en casos que involucren interés público. Por ello, la Sala debe aplicar lo dispuesto en los artículos 361 a 366 del CGP, que establecen los lineamientos para reconocer y liquidar las costas procesales. La condena en costas comprende dos conceptos fundamentales:- Expensas y gastos sufragados durante el proceso: incluyen honorarios de auxiliares de justicia, gastos ordenados por el juez, transporte y alimentación para diligencias, entre otros. La parte vencida debe resarcir estos gastos siempre que se demuestren objetivamente en el expediente.
- Agencias en derecho: corresponden a los honorarios por la representación judicial. Su reconocimiento y liquidación deben ajustarse a las tarifas establecidas por el Consejo Superior de la Judicatura, sin que sea necesaria la demostración del contrato o cuantía pactada...
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