Consejo de Estado declara infundado impedimento de magistrado en proceso administrativo
Proviene de: Sentencias
1 de septiembre de 2025 13:28:37
Contexto y tribunal competente
La decisión fue adoptada por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en segunda instancia, en el marco de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho promovido por una empresa del sector de infraestructura contra el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. La providencia corresponde a un auto judicial que resuelve una manifestación de impedimento presentada por uno de los magistrados asignados al caso.
Antecedentes fácticos y procesales
El magistrado manifestó impedimento para conocer el proceso argumentando que había suscrito una providencia en la etapa anterior del proceso, mediante la cual se declaró la falta de competencia del tribunal de primera instancia para conocer el asunto y se ordenó remitir el expediente a otra jurisdicción territorial. La causal invocada se fundamentó en el numeral 2 del artículo 141 del Código General del Proceso, que establece como causal de recusación el haber conocido el juez de una actuación en instancia previa.
Consideraciones jurídicas y análisis
El Consejo de Estado recordó que no toda actuación procesal previa configura causal de impedimento, sino únicamente aquellas que puedan comprometer la imparcialidad del juzgador respecto del “asunto debatido”, incluyendo pretensiones, defensa y valoración probatoria. En este caso, la providencia anterior suscrita por el magistrado fue una decisión de trámite que no implicó un análisis de fondo ni valoración directa de los actos demandados, sino únicamente la constatación de la competencia territorial.
Asimismo, se tuvo en cuenta un precedente reciente de la misma Sección, mediante el cual se estableció que la participación en providencias de trámite no afecta la capacidad...
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