Consejo de Estado declara infundado impedimento de magistrado en proceso de nulidad y restablecimiento del derecho
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 10:41:27
Providencia judicial en segunda instancia sobre impedimento de magistrado
El Consejo de Estado, en su calidad de máxima autoridad en lo contencioso administrativo y en la instancia de segunda instancia, a través de la Sección Cuarta, emitió un auto que resuelve sobre la manifestación de impedimento presentada por uno de sus magistrados para conocer un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho. La providencia fue adoptada en sesión plenaria y aborda aspectos fundamentales sobre las causales de recusación e impedimento en la función judicial.Antecedentes del proceso y naturaleza del impedimento
El impedimento fue solicitado por el magistrado en cuestión debido a que previamente había suscrito una providencia de trámite en primera instancia, mediante la cual se declaró la falta de competencia para conocer el asunto y se ordenó la remisión del expediente al tribunal competente. El magistrado invocó como causal de impedimento el numeral 2 del artículo 141 del Código General del Proceso, que establece que es causal de recusación haber conocido del proceso o realizado actuaciones en instancia anterior. La Sección Cuarta recordó que para configurar esta causal no basta cualquier actuación procesal, sino que debe tratarse de una actuación que pueda comprometer la imparcialidad del juzgador respecto del asunto debatido, incluyendo las pretensiones, la defensa y la valoración probatoria.Consideraciones jurídicas y decisión
El Consejo de Estado analizó la naturaleza de la providencia previa suscrita por el magistrado, concluyendo que se trató únicamente de una decisión de trámite relacionada con la competencia del tribunal, sin que se abordaran decisiones de fondo ni se hiciera un estudio directo de los actos demandados. Por lo...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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