Consejo de Estado ordena suspensión provisional de título de fisioterapeuta por incumplimiento de requisito académico en Universidad del Cauca
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 11:0:38
Contexto y tribunal competente
La providencia fue emitida por el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, en un proceso de control de nulidad en modalidad de lesividad interpuesto por la propia Universidad del Cauca contra actos administrativos expedidos por la misma institución. La decisión corresponde a un auto que resuelve una solicitud de medida cautelar, con el objetivo de garantizar la efectividad del proceso y la eventual sentencia.Antecedentes fácticos y procesales
La Universidad del Cauca presentó demanda de nulidad en contra de la Resolución que otorgó el título de fisioterapeuta a un graduado, así como contra el acta de grado y el diploma correspondientes. La causa principal radica en la presunta ausencia de evidencia documental que respalde la aprobación de la Prueba de Suficiencia en Idioma Extranjero (PSI), requisito académico establecido desde el año 2000 y ratificado en acuerdos posteriores, para optar al título profesional. El demandante argumentó que en la revisión de los registros académicos y auditorías realizadas por un Equipo de Seguimiento creado por la Universidad, no se encontró examen físico, inscripción o resultados oficiales que sustentaran la nota aprobatoria del examen de suficiencia en idioma extranjero para el estudiante en cuestión. Según la normatividad interna (Acuerdos académicos números 27 de 2000, 9 de 2005 y 15 de 2011), este requisito es obligatorio para los estudiantes de carreras profesionales matriculados a partir de 2001, salvo excepciones específicas. En respuesta, la defensa del interesado cuestionó la responsabilidad directa del egresado sobre la custodia y gestión documental, recordando que esta corresponde a la administración pública universitaria según la Ley 594...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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