Consejo de Estado rechaza demanda contra directrices de reparto judicial en tutela contra Nueva EPS
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 11:3:24
Tribunal e instancia
La providencia fue proferida por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en única instancia, órgano competente para conocer procesos de nulidad contra actos administrativos expedidos por autoridades del orden nacional, conforme a los artículos 237 de la Constitución Política y 366 de la Ley 270 de 1996, entre otros.Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue instaurada contra las comunicaciones suscritas por el Coordinador de la Oficina de Administración y Apoyo Judicial para el Complejo Judicial de Paloquemao. Estas directrices indicaban que las acciones de tutela presentadas contra la Nueva EPS debían ser asignadas a los Juzgados Municipales, siguiendo pronunciamientos del Tribunal Superior de Bogotá y en línea con la jurisprudencia de la Corte Constitucional. El demandante sostuvo que la naturaleza jurídica de la Nueva EPS, como sociedad de economía mixta con características de entidad descentralizada por servicios del orden nacional, exige que las tutelas se repartan a los juzgados de circuito, y que las comunicaciones impugnadas desconocían normas constitucionales y reglamentarias, entre ellas los artículos 13, 150.7 y 230 de la Constitución Política, y el Decreto 333 de 2021. Tras la presentación de la demanda y la subsanación de algunas omisiones, el Consejo de Estado procedió a analizar la admisibilidad del recurso.Consideraciones jurídicas de la providencia
El Consejo de Estado examinó principalmente tres aspectos: la competencia para conocer la demanda, la naturaleza jurídica de las comunicaciones y oficios impugnados, y el contexto específico del caso. En primer lugar, confirmó su competencia para conocer el recurso de nulidad contra actos administrativos de autoridades nacionales. En cuanto a...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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