Consejo de Estado remite competencia para conocer demanda contra actos administrativos de Corporación Autónoma Regional
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 11:3:51
Contexto y antecedentes del proceso
En ejercicio del medio de control de nulidad previsto en el artículo 137 del Código del Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), un ciudadano presentó una demanda contra la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Área de Manejo Especial La Macarena, entidad pública del orden nacional con personería jurídica y autonomía administrativa y financiera.
El demandante solicitó la nulidad del término “mayoría simple” incluido en el artículo 14 del Acuerdo N° 004 de 2022, así como la nulidad del artículo 17 del Acuerdo 001 de 2001, modificado por el artículo séptimo del Acuerdo N° 003 de 2022, contenido en el artículo 16 del Acuerdo N° 004 de 2022. Este último artículo regula la definición del quórum y votación de la Asamblea Corporativa de la entidad, estableciendo que cada integrante tiene derecho a un voto. La demanda argumenta que esta normativa contraviene el inciso quinto del artículo 38 de la Ley 99 de 1993, que garantiza una representación no inferior al 35% de los votos para la Nación, representada por el Ministro del Medio Ambiente o su delegado.
Consideraciones del Consejo de Estado
El despacho de la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, del Consejo de Estado analizó inicialmente su competencia para conocer del proceso. Señaló que los actos administrativos demandados fueron emitidos por una entidad pública del orden nacional, la Corporación Autónoma Regional La Macarena, a través de su Asamblea Corporativa.
De acuerdo con el numeral 22 del artículo 152 del CPACA, modificado por el artículo 28 de la Ley 2080 de 2021, los procesos de nulidad...
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