Consejo de Estado confirma rechazo de recurso extemporáneo en anulación de laudo arbitral entre COMCEL S.A. y EMCALI E.I.C.E. E.S.P.
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 22:31:11
Contexto y tribunal de la decisión
La providencia fue proferida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección C del Consejo de Estado, en el marco de un proceso de anulación de laudo arbitral. El auto judicial resolvió un recurso de súplica interpuesto contra una providencia del 10 de febrero de 2025, en la que se admitió parcialmente un recurso extraordinario de anulación presentado por COMCEL S.A. y se rechazó de plano el recurso análogo presentado por EMCALI E.I.C.E. E.S.P. por extemporáneo.Antecedentes fácticos y procesales
La controversia surgió del incumplimiento del Contrato de Compartición No. 500 celebrado en 2016 entre COMCEL S.A. y EMCALI E.I.C.E. E.S.P. En septiembre de 2021, COMCEL S.A. convocó un arbitraje ante el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Cali. En marzo de 2024, el Tribunal Arbitral emitió un laudo concediendo parcialmente las pretensiones de COMCEL S.A., condenando a EMCALI a pagar una suma millonaria por daños y costas. Posteriormente, ambas partes solicitaron aclaraciones, correcciones y adiciones al laudo, las cuales fueron negadas por el Tribunal en marzo de 2024, decisión notificada por medios electrónicos. COMCEL S.A. interpuso recurso extraordinario de anulación contra parte del laudo y EMCALI E.I.C.E. E.S.P. presentó un recurso extraordinario de anulación total en mayo de 2024, el cual fue declarado extemporáneo en febrero de 2025.Consideraciones jurídicas de la providencia
La Sala del Consejo de Estado examinó la procedencia del recurso de súplica y la oportunidad con la que se interpuso el recurso extraordinario de anulación por parte de EMCALI E.I.C.E. E.S.P. Se determinó que, conforme al artículo 40...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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