Consejo de Estado confirma negación de medida cautelar en proceso sobre reliquidación de pensión de jubilación
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 11:48:33
Contexto del caso y tribunal competente
La providencia corresponde a un auto interlocutorio emitido el 29 de mayo de 2025 por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en segunda instancia, dentro del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho iniciado por la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP). Esta entidad demandó la nulidad de una resolución administrativa que ordenó la reliquidación de la pensión de jubilación de un exdetective del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS).Antecedentes fácticos y procesales
La UGPP presentó demanda contra el exfuncionario, buscando la nulidad de la resolución que reconoció y ordenó la reliquidación de su pensión con base en el promedio salarial del último año de servicio, incluyendo el 100% de la bonificación por servicios prestados y un aumento del Ingreso Base de Liquidación (IBL) del 6% por concepto de prima de riesgo. La demanda se fundamentó en que la liquidación debía realizarse conforme al promedio de los salarios devengados en los últimos diez años de servicio, y la bonificación por servicios debía incluirse en una doceava parte, no en su totalidad. En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Caldas negó la suspensión provisional de la resolución impugnada, decisión que fue apelada por la UGPP ante el Consejo de Estado.Consideraciones de la providencia
El Consejo de Estado reiteró la competencia para resolver el recurso de apelación en virtud de lo establecido en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), confirmando la procedencia y oportunidad del recurso. En cuanto a la medida cautelar solicitada, la Sala...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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