Consejo de Estado admite recurso de apelación de municipio en acción popular por fallas en semáforos en Cundinamarca
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 12:1:5
Contexto y tribunal competente
La providencia judicial fue emitida por el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, en ejercicio de sus funciones de control de tutela de derechos e intereses colectivos. La resolución se dio en segunda instancia respecto a una acción popular inicialmente tramitada ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.Antecedentes fácticos y procesales
El caso se originó con una demanda interpuesta en 2018 por dos ciudadanos contra la Nación - Ministerio de Transporte, para proteger derechos colectivos presuntamente vulnerados debido a fallas en el funcionamiento de semáforos y la falta de cierre de cruces viales en la autopista sur, en el municipio cundinamarqués afectado. El Tribunal Administrativo de Cundinamarca admitió la demanda y vinculó al municipio y a la Policía Nacional. En primera instancia, el Tribunal profirió sentencia en mayo de 2020. Posteriormente, la Policía Nacional, el Ministerio de Transporte y el municipio presentaron recursos de apelación por medios electrónicos. Sin embargo, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca denegó el recurso de apelación presentado por el municipio por considerarlo extemporáneo, decisión que motivó la interposición de un recurso de reposición y, en subsidio, de queja ante el Consejo de Estado.Consideraciones centrales de la decisión
El Consejo de Estado analizó detalladamente la problemática vinculada a la notificación de la sentencia de primera instancia. El Tribunal Administrativo había notificado la providencia por estado a falta de correos electrónicos actualizados, pese a que existía constancia de un correo electrónico oficial para notificaciones judiciales del municipio desde el inicio del proceso. La Sala recordó que la Ley 1437 de 2011 y el Código de Procedimiento...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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