Consejo de Estado admite apelación contra nulidad de nombramiento en Ministerio de Relaciones Exteriores
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 12:5:25
Providencia proferida en segunda instancia por el Consejo de Estado
La Sección Quinta del Consejo de Estado, en calidad de tribunal de segunda instancia, conoció y admitió los recursos de apelación interpuestos contra la sentencia dictada por la Subsección A de la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, la cual había declarado la nulidad de un Decreto del Ministerio de Relaciones Exteriores. Este Decreto nombró a una persona en el cargo de consejera de Relaciones Exteriores, código 1012, grado 11, adscrita al Consulado de Colombia en Washington D.C.Antecedentes fácticos y procesales
La Unión de Funcionarios de Carrera Diplomática y Consular presentó demanda de nulidad electoral en ejercicio del medio de control previsto en el artículo 139 de la Ley 1437 de 2011, cuestionando el nombramiento por considerar que la persona designada no pertenecía a la carrera diplomática y consular. La demanda argumentó que, conforme al artículo 60 del Decreto Ley 274 de 2000, antes de realizar designaciones provisionales, el Ministerio debía agotar las opciones para proveer el cargo con funcionarios de carrera. Al momento del nombramiento, existían funcionarios disponibles en situación de carrera que cumplían con los requisitos y derechos preferentes para ocupar el cargo. El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en sentencia del 24 de julio de 2025, declaró la nulidad del acto administrativo, señalando que el Ministerio vulneró el parágrafo del artículo 37 del Decreto Ley 274 de 2000 al no agotar las posibilidades de nombrar a funcionarios de carrera para el cargo en cuestión. La sentencia se basó, entre otros aspectos, en una certificación expedida por la Dirección de Talento...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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