Consejo de Estado confirma suspensión provisional en nombramiento provisional en la carrera diplomática y consular
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 12:6:13
Providencia de segunda instancia del Consejo de Estado sobre nombramiento en provisionalidad
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, del Consejo de Estado, en decisión del 28 de agosto de 2025, resolvió los recursos de apelación contra el auto del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que decretó la suspensión provisional de los efectos jurídicos del Decreto 0024 de enero de 2025. Este decreto designaba en provisionalidad a un funcionario como consejero de Relaciones Exteriores, adscrito a la embajada de Colombia en Panamá.Antecedentes fácticos y procesales
La Unión de Funcionarios de Carrera Diplomática y Consular interpuso demanda solicitando la suspensión provisional y la nulidad del nombramiento provisional, argumentando que el funcionario designado no pertenecía a la carrera diplomática y consular y que existían al menos tres funcionarios escalafonados con mejor derecho para ocupar el cargo. Según la demandante, estos funcionarios cumplían los requisitos de permanencia en el exterior conforme al artículo 37 del Decreto Ley 274 de 2000, que establece un período mínimo de 12 meses de permanencia en una sede antes de ser designados en otra. En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca decretó la suspensión provisional del acto, con base en pruebas aportadas que evidenciaban la existencia de funcionarios de carrera diplomática y consular disponibles para ocupar el cargo en cuestión. El Ministerio de Relaciones Exteriores y la Presidencia de la República interpusieron recursos de apelación contra esta medida, alegando insuficiencia probatoria y la falta de funcionarios de carrera para cubrir todos los cargos de consejero, lo que justificaría la designación en provisionalidad.Consideraciones del Consejo de Estado
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