Consejo de Estado revoca auto sobre carencia de objeto en recurso de apelación en caso de reconocimiento pensional
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 12:21:29
Providencia judicial y contexto procesal
El Consejo de Estado, en su Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Segunda, Subsección B, conoció y resolvió un recurso de súplica interpuesto contra un auto proferido por el despacho sustanciador que declaró carencia actual de objeto en un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho. La demanda fue promovida por la entidad administradora de pensiones frente a un acto administrativo que reconoció una pensión de vejez según el Decreto 758 de 1990. El proceso se originó a partir de la coexistencia de dos pensiones reconocidas a un mismo beneficiario, situación que la entidad demandante consideró incompatible con la Constitución Política, específicamente con el artículo 128, que prohíbe la dualidad de prestaciones por los mismos riesgos y fuentes. En consecuencia, se solicitó la nulidad del acto administrativo y la suspensión provisional de sus efectos.Antecedentes y decisiones previas
El Tribunal Administrativo de Risaralda admitió la demanda y decretó la suspensión provisional del acto demandado, fundamentando que el reconocimiento simultáneo de dos pensiones que incluyen tiempos laborales en el sector público generaba una afectación injustificada al patrimonio público. Contra dicha suspensión provisional, se interpuso recurso de apelación. Posteriormente, el tribunal profirió sentencia de primera instancia declarando la nulidad del acto administrativo cuestionado. Contra esta decisión se presentó recurso de apelación ante el Consejo de Estado, que fue admitido por el despacho sustanciador. No obstante, el despacho sustanciador emitió un auto declarando la carencia actual de objeto respecto del recurso de apelación sobre la suspensión provisional, argumentando que al haberse declarado nulo el acto demandado en sentencia de primera instancia, el pronunciamiento sobre...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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