Contexto y tribunal competente
La providencia judicial fue proferida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Segunda - Subsección B del Consejo de Estado, que conoce en segunda instancia el recurso de apelación interpuesto contra un auto del Tribunal Administrativo del Valle del Cauca. El caso se originó en una demanda presentada en primera instancia contra el Ministerio de Defensa, la Policía Nacional y la Dirección de Sanidad Seccional Valle del Cauca.
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue presentada mediante un medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, en la que la parte actora solicitó la nulidad del acto administrativo presunto derivado del silencio administrativo negativo frente a una reclamación. La demandante también solicitó el reconocimiento de una relación laboral con la entidad demandada y el pago de prestaciones sociales y sanciones moratorias por no consignación oportuna de cesantías.
El Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, en sentencia de octubre de 2024, accedió a las pretensiones de la demanda y condenó en costas a la parte demandada, fijando las agencias en derecho en un 4% del valor de las pretensiones. Posteriormente, la secretaría del Tribunal realizó la liquidación de costas conforme a esta decisión, por un monto total de aproximadamente $3.530.000.
Ante la inconformidad con la liquidación, la parte demandante interpuso recurso de reposición y, en subsidio, apelación, la cual fue concedida para que el Consejo de Estado revisara la decisión.
Consideraciones jurídicas y análisis del recurso
El Consejo de Estado ratificó su competencia para decidir sobre el recurso de apelación conforme al Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) y al Código General del Proceso (CGP). Se confirmó la procedencia y oportunidad del recurso interpuesto.
En cuanto a las costas procesales, la Sala recordó que estas comprenden las expensas y agencias en derecho, siendo estas últimas la suma que reconoce los costos por la representación legal o el esfuerzo personal en la defensa judicial. El Consejo Superior de la Judicatura establece los límites porcentuales para la tasación de las agencias en derecho, entre un mínimo y un máximo que deben aplicarse de acuerdo con la naturaleza, duración y cuantía del proceso.
Se enfatizó que desde la entrada en vigencia del CPACA la condena en costas se basa en un criterio objetivo y valorativo, excluyendo la valoración subjetiva de mala fe o temeridad. Así, la liquidación de agencias en derecho debe ajustarse a los parámetros establecidos en la sentencia de primera instancia y dentro del rango porcentual fijado por el Acuerdo PSAA16-10554 de 2016.
En el caso concreto, el Tribunal Administrativo aplicó correctamente el porcentaje del 4% sobre el valor de las pretensiones para fijar las agencias en derecho, dentro del margen establecido para procesos de mayor cuantía. La Secretaría del Tribunal se limitó a aprobar esta liquidación, sin alterar lo decidido en la sentencia, decisión que fue confirmada por el Consejo de Estado.
El Consejo señaló que cualquier disconformidad respecto a la cuantía de las agencias en derecho debía haberse planteado en el recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia, y no en la impugnación del auto que aprobó la liquidación de costas, ya que esta última es una decisión ejecutoriada.
Decisión final
En mérito de lo expuesto, el Consejo de Estado confirmó el auto del Tribunal Administrativo del Valle del Cauca que aprobó la liquidación de costas por valor de $3.530.637,86, correspondiente a las agencias en derecho fijadas en la sentencia de primera instancia. La providencia garantiza la aplicación adecuada de los parámetros legales para la liquidación de costas en procesos contencioso-administrativos, respetando el marco normativo vigente y las decisiones ejecutoriadas de las instancias previas.
Se ordenó devolver el expediente al tribunal de origen para los trámites correspondientes, poniendo fin a esta etapa procesal con la firmeza de la decisión adoptada.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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