Consejo de Estado niega nulidad y adición de sentencia en controversia contractual contra Ecopetrol
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 12:31:20
Contexto y tribunal competente
La providencia fue emitida por la Subsección B de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, máxima instancia en materia administrativa en Colombia. La resolución corresponde a la etapa de control de legalidad de un recurso de apelación en un proceso de controversias contractuales, iniciado por un consorcio privado contra la empresa estatal Ecopetrol.Antecedentes del caso
En sentencia del 28 de abril de 2025, esta subsección confirmó la decisión del Tribunal Administrativo de Casanare del 14 de marzo de 2024, que negó las pretensiones del consorcio demandante. La demanda se centraba en cuestionar la ejecución contractual y presuntos desequilibrios económicos derivados de la forma pactada para la prestación de servicios. Posteriormente, el consorcio solicitó la nulidad y adición de dicha sentencia, argumentando irregularidades procesales y omisiones en el análisis de ciertos argumentos, en particular el supuesto abuso del derecho por parte de Ecopetrol.Consideraciones jurídicas de la providencia
La Sala inició su análisis con la causal de nulidad procesal invocada, basada en el numeral 7 del artículo 132 del Código General del Proceso (CGP), que establece que es nula la sentencia proferida por un juez distinto al que escuchó los alegatos de conclusión o la sustentación del recurso de apelación. Sin embargo, los magistrados aclararon que esta causal se aplica únicamente cuando tales actos se realizan en audiencia oral, situación que no corresponde al procedimiento de apelación en la jurisdicción contencioso administrativa, donde el trámite es escrito conforme al artículo 247 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). Además, la...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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