Tribunal Administrativo de Cundinamarca confirma negativa al decreto de informe juramentado en proceso de reparación directa contra Instituto de Infraestructura y Concesiones
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 12:50:10
Contexto y antecedentes del caso
En el marco de un proceso de reparación directa, la Unión Temporal Puentes ICCU 2013 interpuso demanda contra el Instituto de Infraestructura y Concesiones de Cundinamarca (ICCU), alegando enriquecimiento sin justa causa. El litigio surgió tras la ejecución y liquidación de un contrato de obra civil adjudicado para atender emergencias viales en diversos municipios del departamento. El contrato, celebrado en 2013, estipulaba la ejecución de obras bajo un sistema de precios unitarios fijos sin fórmula de reajuste, orientado a la atención de emergencias viales y de puentes. Posteriormente, el ICCU solicitó trabajos adicionales relacionados con la ejecución inicial, cuyo pago fue reclamado por el contratista sin obtener respuesta. Durante el trámite, la parte demandante solicitó el decreto de interrogatorio de parte dirigido al gerente del ICCU, que fue transformado en informe juramentado por la juez de primera instancia, conforme a la naturaleza del destinatario, de acuerdo con el artículo 198 del Código General del Proceso.Trámite procesal y decisión de primera instancia
El Juzgado Treinta y Uno Administrativo Oral del Circuito Judicial de Bogotá admitió la demanda y procedió con la sustanciación del proceso. En la audiencia de pruebas, la jueza determinó que no se practicó el informe juramentado debido a que la parte demandante no allegó el cuestionario para su autorización previa, incumpliendo así la carga procesal impuesta. La respuesta del ICCU se incorporó al proceso como prueba documental con la salvedad de que se abstuvo de contestar las preguntas formuladas, aduciendo que no guardaban relación con el proceso. La sentencia de primera instancia negó las pretensiones de la demanda...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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