Providencia emitida en segunda instancia
La providencia objeto de análisis fue proferida por la Subsección B de la Sección Tercera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, instancia encargada de resolver recursos de apelación en materia administrativa. La decisión corresponde a la admisión de un recurso de apelación interpuesto contra una sentencia dictada por el Juzgado Treinta y Uno Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá, que en primera instancia negó las pretensiones presentadas por una sociedad comercial en un proceso de controversias contractuales contra la Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar (Coljuegos).
Antecedentes fácticos y procesales
El caso se originó en una controversia contractual en la que la sociedad demandante buscaba obtener un pronunciamiento favorable a sus pretensiones, las cuales fueron negadas en primera instancia mediante sentencia notificada el 31 de agosto de 2023. La parte demandante interpuso y sustentó oportunamente el recurso de apelación dentro del término legal de diez días siguientes a la notificación, cumpliendo con los requisitos establecidos en el artículo 247 del CPACA, modificado por el artículo 67 de la Ley 2080 de 2021.
Posteriormente, el Tribunal concedió el recurso con efecto suspensivo mediante auto emitido el 5 de octubre de 2023, ordenando la remisión del expediente para estudio y decisión sobre la admisión del mismo.
Consideraciones jurídicas y fundamentos de la decisión
El Tribunal recordó que el trámite del recurso de apelación contra sentencias debe cumplir con un procedimiento específico previsto en el artículo 247 del CPACA, modificado por la Ley 2080 de 2021. Entre las disposiciones relevantes se destacan: