Tribunal Administrativo de Cundinamarca revoca auto que rechazó demanda por formalidades en poder de representación judicial
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 13:6:11
Contexto y naturaleza de la providencia
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en segunda instancia, mediante un auto, resolvió el recurso de apelación interpuesto contra la decisión del Juzgado Treinta y Seis (36) Administrativo Oral del Circuito Judicial de Bogotá, que había rechazado una demanda presentada por la Contaduría General de la Nación contra una sociedad privada en un proceso contencioso administrativo relacionado con controversias contractuales.Antecedentes del caso
La demanda original se presentó en diciembre de 2024 y buscaba la nulidad de un acta de liquidación bilateral de órdenes de compra, la declaración de incumplimiento contractual por parte del contratista y la condena al pago de perjuicios derivados de dicho incumplimiento. El juzgado de primera instancia, a través de un auto inadmisorio del 19 de febrero de 2025, requirió a la parte actora subsanar ciertos defectos formales, específicamente allegar anexos en formato descargable y constancias de remisión electrónica de la demanda a las partes involucradas. Sin embargo, en el auto del 21 de mayo de 2025, el juzgado rechazó la demanda fundamentándose en la supuesta indebida acreditación de la representación judicial, señalando que el poder allegado no cumplía con los requisitos formales establecidos en el artículo 5 del Decreto 806 de 2020, en particular en relación con el envío desde una cuenta de correo electrónico inscrita en el registro mercantil. La parte actora interpuso entonces recurso de apelación contra esta decisión.Consideraciones del Tribunal y fundamentos jurídicos
La Sala recordó que, conforme al artículo 170 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), la inadmisión de la demanda tiene una finalidad correctiva, permitiendo...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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