Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite recurso de apelación en proceso contra la Secretaría Distrital de Hacienda
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 13:11:51
Contexto y antecedente del proceso
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en su Sección Cuarta, Subsección “B”, emitió un auto el 22 de agosto de 2025, dentro del trámite del proceso identificado con la radicación No. 11001-33-37-040-2023-00028-01. El proceso se originó a partir de una demanda presentada contra la Secretaría Distrital de Hacienda del Distrito Capital. En primera instancia, el Juzgado Cuarenta Administrativo del Circuito de Bogotá profirió sentencia el 19 de junio de 2024, en la cual se negaron las pretensiones de la parte demandante. Posteriormente, el apoderado judicial del demandado interpuso recurso de apelación el 4 de julio de 2024, recurso que fue sustentado conforme a los requisitos legales. En virtud de una renuncia al poder conferido por la parte demandada a un abogado, el tribunal requirió la constitución de un nuevo apoderado judicial, lo que fue cumplido oportunamente.Consideraciones jurídicas del auto
El auto se fundamenta en el análisis de las disposiciones contenidas en los artículos 153, 243 y 247 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), modificados por la Ley 2080 de 2021. Entre los puntos destacados se encuentran:- El recurso de apelación debe ser interpuesto dentro del plazo legal de diez días posteriores a la notificación de la sentencia.
- Debe presentarse personalmente mediante escrito por el interesado o su apoderado judicial debidamente constituido.
- Si el recurso no cumple con estos requisitos, será rechazado, aunque es posible interponer recurso de queja contra dicho rechazo.
- Son apelables las sentencias de primera instancia de los jueces y tribunales administrativos.
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