Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite recurso de apelación en disputa entre UGPP y FONCEP
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 13:13:2
Contexto y tribunal competente
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Cuarta, Sub Sección B, con sede en Bogotá D.C., conoció y resolvió en segunda instancia el recurso de apelación presentado en un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho. La providencia judicial analizada corresponde a un auto emitido el 14 de agosto de 2025, que admite el recurso interpuesto contra la sentencia proferida por el Juzgado Cuarenta y Uno Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá D.C., el 26 de mayo de 2025, y notificada el 28 de mayo del mismo año.Antecedentes y desarrollo procesal
El conflicto judicial enfrenta a la UGPP, entidad encargada de la gestión pensional y contribuciones parafiscales, y al FONCEP, administrador de prestaciones económicas, cesantías y pensiones. En primera instancia, el juzgado negó las pretensiones de la UGPP, que reclamaba la nulidad de un mandamiento de pago relacionado con obligaciones cuyo reconocimiento inicial correspondía a CAJANAL, una entidad hoy liquidada. El recurso de apelación fue interpuesto y sustentado oportunamente por la UGPP el 4 de junio de 2025, luego de alegar que la sentencia de primera instancia incumplió con valorar aspectos fundamentales para la defensa de sus derechos, especialmente en cuanto a la legitimación en la causa por pasiva y la validez del título ejecutivo presentado por el FONCEP.Consideraciones principales del auto de admisión
El tribunal verificó la oportunidad y fundamentación del recurso de apelación conforme a la Ley 1437 de 2011 y sus modificaciones introducidas por la Ley 2080 de 2021. Se concluyó que la apelación fue presentada dentro de los términos legales y que los argumentos invocados merecen un...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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