Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite recurso de apelación en controversia entre Nueva EPS y Colpensiones
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 13:16:49
Contexto y competencia del tribunal
El auto fue proferido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Cuarta, Subsección “B”, el 22 de agosto de 2025, en segunda instancia dentro del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho. La providencia responde al recurso de apelación interpuesto contra la sentencia emitida el 3 de diciembre de 2024 por el Juzgado Cuarenta y Cuatro Oral del Circuito de Bogotá - Sección Cuarta.Antecedentes fácticos y procesales
La controversia gira en torno a una demanda presentada por una empresa promotora de salud contra la Administradora Colombiana de Pensiones – COLPENSIONES, en la cual se cuestiona la exigencia de pagos por concepto de aportes a salud. En primera instancia, el juzgado declaró probada la excepción de falta de legitimación en la causa por pasiva y absolvió a la promotora de salud de la obligación reclamada. Posteriormente, la parte demandada presentó un recurso de apelación dentro del plazo legal, sustentando su inconformidad con la sentencia. Este recurso fue radicado y admitido conforme a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), modificado por la Ley 2080 de 2021.Consideraciones jurídicas y procedimentales
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en su análisis, destacó los requisitos formales y sustanciales para la procedencia del recurso de apelación. Según los artículos 153, 243 y 247 del CPACA, modificados por la Ley 2080 de 2021, el recurso debe presentarse personalmente, dentro de los diez días siguientes a la notificación de la sentencia, y debe ser sustentado oportunamente ante el juez de primera instancia. En este caso, el recurso cumplió con todos los requisitos...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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