Tribunal Administrativo de Cundinamarca flexibiliza término de caducidad en caso de ejecución extrajudicial
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 13:25:14
Providencia emitida en segunda instancia por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en su Sección Tercera - Subsección C, emitió una decisión de reemplazo el 27 de agosto de 2025, tras la orden de tutela dictada por el Consejo de Estado que ordenó revisar un auto previo que había rechazado una demanda por caducidad en un proceso de reparación directa. La providencia resuelve el recurso de apelación interpuesto contra el auto del Juzgado Sesenta Administrativo del Circuito de Bogotá.
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue presentada contra la Nación – Ministerio de Defensa – Ejército Nacional, en ejercicio del medio de control de reparación directa, por los familiares de una víctima de homicidio ocurrido el 23 de febrero de 2005 en el municipio de Ituango, Antioquia. Según los hechos denunciados, efectivos militares ingresaron violentamente a la vivienda de la víctima y lo sacaron por la fuerza, para posteriormente dispararle y causar su muerte.
Inicialmente, el Juzgado Sesenta Administrativo declaró la caducidad de la acción por considerar que el término para presentar la demanda empezó a contar desde la fecha del evento dañoso, es decir, desde 2005. Sin embargo, los demandantes apelaron argumentando que, por tratarse de un delito de lesa humanidad —ejecución extrajudicial—, la imprescriptibilidad y la flexibilización del término de caducidad son aplicables, conforme a estándares internacionales y nacionales de derechos humanos y a jurisprudencia reciente de la Corte Constitucional y el Consejo de Estado.
Entre los elementos probatorios, se destacan informes de necropsia, investigaciones disciplinarias y penales, así como la acreditación de la calidad de víctimas ante la...
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