Tribunal Administrativo de Cundinamarca niega corrección de sentencia en caso de reparación directa contra el Ministerio de Defensa
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 13:33:10
Contexto y antecedentes del caso
El proceso judicial se originó a partir de una demanda presentada ante el Juzgado 64 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá D.C., Sección Tercera, en la que se solicitó la reparación directa contra la Nación – Ministerio de Defensa – Ejército Nacional por la enfermedad de leishmaniasis adquirida durante la prestación del servicio militar obligatorio.
En primera instancia, el juzgado declaró la responsabilidad administrativa del Ministerio de Defensa y condenó al pago de perjuicios materiales, morales y por daño a la salud a favor del afectado y sus familiares. Posteriormente, la entidad demandada interpuso recurso de apelación, y el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en sentencia de segunda instancia, modificó parcialmente el fallo, ajustando las sumas por perjuicios materiales y negando el reconocimiento por daño a la salud, mientras confirmó el resto de la sentencia.
Posteriormente, la parte actora solicitó en 2024 la corrección de la sentencia de segunda instancia, alegando errores en la fecha de proferimiento y en el número de radicación del expediente, con el fin de que se corrigieran estas imprecisiones formales.
Consideraciones jurídicas del Tribunal
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca analizó la procedibilidad y oportunidad de la solicitud de corrección con base en el Código General del Proceso, en particular el artículo 286, que permite corregir errores aritméticos, de omisión o cambio de palabras, siempre que estos influyan en la parte resolutiva de la providencia.
En este caso, el Tribunal concluyó que los errores señalados por la parte actora, relacionados con la fecha de la sentencia y el número de radicación, no afectan ni modifican la parte resolutiva...
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