Tribunal Administrativo de Cundinamarca revoca rechazo de demanda por caducidad en caso de reparación directa contra el Ejército Nacional
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 13:35:2
Contexto y naturaleza de la decisión
El 14 de agosto de 2025, la Sección Tercera, Subsección “A” del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en segunda instancia, resolvió un recurso de apelación contra un auto emitido por el Juzgado Administrativo de Oralidad de Bogotá. Dicha providencia judicial revoca la decisión inicial que rechazó la demanda por considerar que había operado la caducidad del término para reclamar reparación directa al Estado. El tribunal aclaró que el cómputo del término debe iniciarse desde el momento en que la parte actora tuvo conocimiento cierto y verificable del daño y su imputación al Estado, lo que ocurrió años después del evento dañoso.Antecedentes fácticos y procesales
El caso se origina en el fallecimiento de un soldado profesional durante una operación militar en zona rural del municipio de Tumaco, departamento de Nariño, en octubre de 2018. Inicialmente, la versión oficial indicó que la muerte se produjo por la activación de un campo minado. Sin embargo, años después, en 2023, un integrante del Ejército Nacional, testigo directo, rindió declaración formal ante la Fiscalía, señalando que la víctima falleció cumpliendo una orden operativa irregular relacionada con el transporte de explosivos incautados, y que los mandos militares manipularon la escena para encubrir la verdad. Con base en estos nuevos elementos, la parte actora presentó en agosto de 2024 una demanda de reparación directa contra la Nación – Ministerio de Defensa – Ejército Nacional, solicitando la declaración de responsabilidad estatal y la indemnización por los perjuicios sufridos. El juzgado de primera instancia rechazó la demanda, argumentando que había transcurrido el término de caducidad de dos...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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