Tribunal Administrativo de Cundinamarca confirma negativa al decreto de pruebas testimoniales en proceso de reparación directa
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 13:38:20
Contexto y competencia
La providencia fue proferida por la Sección Tercera - Subsección A del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en ejercicio de su competencia para resolver recursos de apelación contra autos dictados por jueces administrativos de primera instancia. La decisión se refiere al recurso interpuesto contra un auto de un Juzgado Administrativo de Bogotá que negó el decreto de pruebas testimoniales solicitadas por la parte demandante en un proceso de reparación directa.Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue presentada en septiembre de 2023, reclamando la responsabilidad de la Nación y el Ministerio de Justicia por perjuicios materiales e inmateriales derivados de una errada vinculación a un proceso penal con fines de extinción de dominio. Inicialmente, el juzgado inadmitió la demanda, pero tras subsanación la admitió en junio de 2024. Durante la audiencia inicial celebrada en junio de 2025, en la etapa de pruebas, se negó el decreto de los testimonios solicitados por la parte actora, decisión que motivó la interposición del recurso de apelación.Consideraciones jurídicas sobre la prueba testimonial
El Tribunal recordó que el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo no establece requisitos específicos para decretar pruebas testimoniales, por lo que se debe acudir a lo dispuesto en el artículo 212 del Código General del Proceso. Este artículo exige que la solicitud de testimonios incluya la indicación concreta del objeto o finalidad del testimonio, es decir, los hechos específicos que se pretenden probar. La providencia enfatiza que esta exigencia tiene como propósito garantizar el derecho al debido proceso, permitiendo a las partes conocer con precisión los hechos sobre los cuales declararán...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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