Tribunal Administrativo de Cundinamarca aclara auto sobre consignación de costas judiciales en acción de grupo
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 13:39:17
Contexto y tribunal competente
El auto aclaratorio fue proferido por la Magistrada Sustanciadora de la Sección Cuarta, Subsección B, del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en el marco de un proceso de acción de grupo contra la Alcaldía Mayor de Bogotá y otras entidades. La providencia se inscribe dentro de la etapa de ejecución y liquidación de costas judiciales, luego de fallos anteriores que reconocieron derechos a los accionantes.Antecedentes del proceso
El proceso inició con una sentencia favorable a los accionantes emitida por el Consejo de Estado en 2007, posteriormente objeto de aclaración y corrección. Dado el incumplimiento en el pago de las condenas, se adelantó un proceso ejecutivo. En 2016 se solicitó la liquidación de las costas judiciales de la acción de grupo, que fue aprobada y consignada en diversas oportunidades. En el desarrollo del trámite, surgieron solicitudes relacionadas con la gestión y distribución de las costas entre los miembros del grupo, en particular sobre la consignación de los recursos en cuentas bancarias y depósitos judiciales. En 2025, la Magistrada Sustanciadora emitió un auto autorizando la consignación de recursos en la cuenta bancaria del apoderado del grupo, orden que requería mayor precisión para su cumplimiento.Consideraciones jurídicas y aclaración
El Tribunal fundamentó su decisión en el artículo 285 del Código General del Proceso, que regula la aclaración de providencias judiciales cuando existen conceptos o frases que puedan generar dudas en la parte resolutiva o que influyan en ella. En este caso, la orden de consignación no identificó los números de los títulos judiciales bajo los cuales reposan los dineros, información indispensable para efectuar la transferencia...Más noticias sobre Derecho Administrativo
No se encontraron sugerencias