Tribunal Administrativo de Cundinamarca resuelve conflicto negativo de competencia en proceso de pensión de vejez
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 13:41:15
Antecedentes del caso
La Administradora Colombiana de Pensiones promovió una demanda por medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, con el fin de anular una resolución administrativa mediante la cual reconoció y pagó una pensión de vejez a una afiliada. En la demanda, la entidad solicitó la nulidad del acto administrativo, la restitución de los valores pagados indebidamente, la indexación de dichas sumas y la condena en costas para la parte demandada. Los hechos de fondo giran en torno a que la afiliada realizó un traslado entre regímenes pensionales sin cumplir con los requisitos mínimos establecidos en una sentencia de la Corte Constitucional, específicamente en cuanto al número de semanas cotizadas. La Administradora argumentó que no era competente para reconocer la pensión y que la entidad del régimen de ahorro individual debía ser la encargada. Además, se evidenció la existencia de cotizaciones laborales simultáneas en la historia laboral de la afiliada.Actuación procesal y planteamiento del conflicto
Inicialmente, el proceso fue asignado al Juzgado Trece Administrativo, Sección Segunda, que se declaró incompetente para conocer el caso y remitió el expediente a los juzgados de la Sección Primera. Posteriormente, el Juzgado Cuarto Administrativo de la Sección Primera también se declaró incompetente y promovió un conflicto negativo de competencia, solicitando la intervención del Tribunal Administrativo de Cundinamarca para resolver la disputa. El magistrado ponente del Tribunal corrió traslado a las partes para alegatos, conforme al procedimiento previsto en la Ley 2080 de 2021, que modificó el artículo 158 de la Ley 1437 de 2011, norma que regula la decisión de conflictos de competencia entre jueces...Más noticias sobre Derecho Administrativo
No se encontraron sugerencias