Tribunal Administrativo de Cundinamarca decide competencia en conflicto sobre devolución de aportes pensionales
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 13:44:31
Contexto y antecedentes del conflicto
El conflicto de competencia se presentó entre el Juzgado Dieciocho (18) Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá (Sección Segunda) y el Juzgado Cuarenta (40) Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá (Sección Cuarta), quienes disputaban la competencia para conocer una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho contra la UGPP. La demanda fue interpuesta por una pensionada que solicitaba la declaración de nulidad de resoluciones administrativas que le negaron la devolución parcial de descuentos realizados por aportes pensionales, alegando que la entidad no aplicó correctamente la fórmula de indexación establecida en sentencia previa para la reliquidación de su pensión.
Los hechos expuestos incluyen la existencia de una pensión de vejez otorgada en 1988, una sentencia judicial de 2016 que ordenó la reliquidación de la misma incluyendo diversos factores salariales, y resoluciones administrativas posteriores que aplicaron descuentos por aportes a pensión con base en cálculos actuariales que, según la demandante, excedieron lo debido. La controversia principal radica en la metodología para calcular dichos descuentos y la devolución del excedente.
Procedimiento y pronunciamientos previos
Inicialmente, el proceso fue asignado a un Juzgado Administrativo en Armenia, que remitió el expediente a los Juzgados de Bogotá por razón territorial. Posteriormente, el Juzgado 40 Administrativo declaró su falta de competencia por el factor objetivo, argumentando que la naturaleza del asunto era laboral y correspondía al Juzgado de la Sección Segunda. De manera similar, el Juzgado 18 Administrativo también declaró su falta de competencia, pero por considerar que se trataba de una contribución parafiscal y, por ende, un asunto tributario, argumentó que la competencia recaía en...
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