Tribunal Administrativo de Cundinamarca acepta impedimento de jueces administrativos en proceso sobre bonificación judicial
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 13:50:23
Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección “D”, emitió un auto el 21 de agosto de 2025, en segunda instancia, sobre el impedimento declarado por el Juez Cincuenta y Cinco Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá. Este impedimento surgió en el marco de un proceso promovido mediante la acción de nulidad y restablecimiento del derecho contra la Nación – Rama Judicial, Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, relacionado con el reconocimiento del carácter salarial y prestacional de la bonificación judicial establecida en el Decreto 0383 de 2013 y sus modificaciones.Antecedentes fácticos y procesales
La demandante, representada legalmente, presentó demanda contra la Nación – Rama Judicial solicitando la inaplicación parcial del Decreto 0383 de 2013 para que se reconozca la bonificación judicial como factor salarial y prestacional, y se ordene la reliquidación y pago de prestaciones sociales adeudadas desde 2011. La demanda también solicitó la nulidad de actos administrativos que negaron dicho reconocimiento y el pago correspondiente. El proceso inicialmente fue asignado al Juzgado Cincuenta y Cinco Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá. Sin embargo, mediante auto del 1 de julio de 2025, el juez titular declaró su impedimento y el de los demás jueces administrativos del mismo circuito para conocer del caso, conforme al artículo 131 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).Consideraciones jurídicas de la providencia
El auto se fundamenta en la causal de impedimento prevista en el numeral 1° del artículo 141 del Código General del Proceso, que establece incompatibilidad cuando el juez o sus familiares tienen un interés directo o indirecto...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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