Tribunal Administrativo de Cundinamarca resuelve conflicto de competencia sobre descuentos por aportes pensionales contra la UGPP
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 13:51:8
Contexto y antecedentes del caso
El conflicto de competencia surgió entre el Juzgado 19 y el Juzgado 30 Administrativo de Oralidad del Circuito Judicial de Bogotá - Sección Segunda, a raíz de un reclamo presentado contra la UGPP. La demandante, representada legalmente, solicitó la nulidad de un oficio de la UGPP mediante el cual se negó la devolución parcial de descuentos realizados por aportes a pensión, considerados indebidos. La pretensión principal consistió en que se declarara la nulidad de dicho acto administrativo, se ordenara la correcta liquidación de los descuentos conforme a los porcentajes legales vigentes y se condenara a la UGPP a pagar las diferencias y los intereses moratorios correspondientes.
Inicialmente, el Juzgado 30 Administrativo declaró su falta de competencia y remitió el proceso al Juzgado 19, argumentando que el proceso correspondía a una ejecución derivada de sentencias anteriores proferidas en procesos ordinarios de nulidad y restablecimiento del derecho. Sin embargo, el Juzgado 19, tras recibir el expediente, propuso el conflicto de competencia ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, considerando que el proceso no se trataba de una ejecución sino de un nuevo medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, debido a que el acto administrativo cuestionado generaba una situación jurídica nueva que excedía el cumplimiento de la sentencia.
Consideraciones jurídicas y resolución del conflicto
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca analizó el marco normativo aplicable, incluyendo la Ley 2080 de 2021 que modificó el artículo 158 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - CPACA), y determinó que el conflicto de competencia entre...
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