Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordena archivo temporal en proceso ejecutivo contra Municipio de Gama
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 14:1:18
Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera - Subsección C, en ejercicio de su función jurisdiccional en primera instancia, emitió un auto judicial que dispone el archivo temporal del expediente ejecutivo instaurado por el Departamento de Cundinamarca contra el Municipio de Gama. La providencia busca suspender el trámite procesal hasta que se presenten actuaciones concretas que permitan avanzar en la ejecución de la obligación dineraria adeudada.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso ejecutivo se inició en 2003, cuando el Departamento de Cundinamarca interpuso demanda contra el Municipio de Gama para exigir el pago de una obligación dineraria derivada de la liquidación unilateral de un convenio interadministrativo. El mandamiento de pago se libró por una suma inicial de más de siete millones de pesos, incrementada posteriormente con intereses moratorios y comerciales.
A lo largo de los años, el Tribunal ha ordenado embargos sobre cuentas bancarias del municipio y ha realizado múltiples actualizaciones de la liquidación del crédito, alcanzando un saldo superior a los sesenta y cuatro millones de pesos en 2021. El municipio ha reconocido dificultades financieras y ha manifestado su intención de suscribir acuerdos de pago, sin que hasta la fecha se hayan concretado dichos acuerdos ni se hayan denunciado bienes embargables para garantizar el cumplimiento de la obligación.
En el transcurso del proceso, se realizaron varias audiencias de conciliación declaradas fallidas debido a la inasistencia del representante legal del municipio. Además, la parte ejecutante ha renovado la representación legal en el proceso y se ha requerido reiteradamente al municipio para que informe sobre el pago y la disponibilidad de bienes o recursos embargables.
Consideraciones del Tribunal y fundamentos de la decisión
El Tribunal, atendiendo a la falta de actuaciones concretas por parte del municipio ejecutado para cumplir con la obligación, y ante la ausencia de denuncia de bienes o cuentas susceptibles de embargo, concluyó que no es posible continuar con el trámite ejecutivo en este momento. Por ello, decidió proceder al archivo provisional del expediente.
Esta medida se fundamenta en garantizar un uso eficiente de los recursos judiciales y evitar la congestión innecesaria del proceso, dejando abierta la posibilidad de reactivar el trámite cuando el ejecutante aporte información pertinente que permita continuar con la ejecución. El auto reconoce la personería del nuevo apoderado del Departamento de Cundinamarca y dispone que el archivo se mantenga hasta que se presenten actuaciones tendientes a denunciar bienes, cuentas o recursos del municipio que puedan ser objeto de medidas cautelares.
El Tribunal ordenó que se mantengan las anotaciones y constancias en el sistema de actuaciones para preservar la memoria procesal y facilitar la posible reanudación del proceso en el futuro.
Implicaciones y seguimiento
Esta providencia refleja la dinámica procesal en causas ejecutivas contra entidades territoriales con dificultades financieras para cumplir obligaciones reconocidas judicialmente. El archivo temporal no implica un cierre definitivo, sino una suspensión condicionada a la presentación de nuevas actuaciones por parte del ejecutante.
La decisión destaca la importancia de que las partes involucradas en procesos judiciales mantengan comunicación efectiva y cumplan con los compromisos procesales para evitar dilaciones en la administración de justicia.
El seguimiento del caso dependerá de las futuras actuaciones del Departamento de Cundinamarca, en particular, la denuncia de bienes o recursos embargables del municipio de Gama que permitan garantizar el pago de la obligación ejecutada.
CÓPIESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
Magistrado Ponente
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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