Tribunal Administrativo de Cundinamarca aprueba conciliación prejudicial en caso de violación de derechos humanos según Ley 288 de 1996
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 14:5:54
Contexto y competencia de la providencia
El auto fue proferido por la Sección Tercera, Sub-Sección B del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en primera instancia, con fecha 15 de agosto de 2025. La Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado (ANDJE) convocó a conciliación prejudicial a los representantes de los familiares de las víctimas en un caso concreto de violación de derechos humanos reconocido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). El Tribunal asumió el conocimiento del asunto luego de que el Juzgado 37 Administrativo de Bogotá remitiera el proceso por razón de la cuantía y competencia. La solicitud de conciliación se realizó conforme a lo previsto en el literal g) del artículo 125 y el numeral 3º del artículo 243 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), modificados por la Ley 2080 de 2021.Antecedentes fácticos y procesales
La conciliación extrajudicial fue solicitada ante la Procuraduría Delegada para Asuntos Administrativos de Bogotá, órgano encargado de la conciliación prejudicial en este tipo de procesos. Tras audiencias realizadas en noviembre y diciembre de 2024, las partes lograron un acuerdo parcial referente a la indemnización por daños materiales e inmateriales, conforme a la decisión del Informe de Fondo No. 364 de 2022 de la CIDH. El Comité de Ministros, creado por la Ley 288 de 1996, emitió un concepto favorable para la indemnización, validando la procedencia del trámite conciliatorio. La Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado actuó como entidad representante del Estado en dicho procedimiento.Consideraciones jurídicas para la aprobación del acuerdo conciliatorio
El Tribunal realizó un análisis riguroso conforme a la normativa vigente...Más noticias sobre Derechos Humanos
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