Tribunal Administrativo de Cundinamarca acepta llamamiento en garantía en proceso de reparación directa contra la Nación
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 14:22:14
Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera, Subsección A, emitió un auto el 25 de agosto de 2025 que resuelve la solicitud de llamamiento en garantía presentada por la Sociedad de Activos Especiales (SAE) en un proceso de reparación directa contra la Nación, representada por la Fiscalía General, la Rama Judicial y la misma SAE. La providencia se enmarca en la etapa procesal en la que se evalúa la intervención de terceros que podrían responder por indemnización derivada de la sentencia.Antecedentes fácticos y procesales
Los demandantes solicitaron que se declarara la responsabilidad patrimonial de las entidades demandadas por la afectación de un inmueble identificado con matrícula inmobiliaria, vinculado a un proceso de extinción de dominio culminado con sentencia en julio de 2023. La SAE, en su calidad de demandada, solicitó el llamamiento en garantía de una sociedad y dos personas naturales, quienes habían sido designados como depositarios provisionales del inmueble mediante varias resoluciones administrativas emitidas entre 2015 y 2021. El llamamiento en garantía se fundamenta en que estos terceros podrían tener una obligación legal o contractual de responder por los perjuicios causados, en caso de que la demanda prospere. La providencia revisa la oportunidad, forma y fundamentos del llamamiento y la relación jurídica entre las partes involucradas.Consideraciones jurídicas y fundamentos del auto
El auto se basa en el artículo 225 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), que regula el llamamiento en garantía. Esta figura permite que quien afirme tener derecho a exigir a un tercero la reparación integral o el reembolso de pagos...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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