Tribunal Administrativo de Cundinamarca niega excepciones previas y avanza en proceso contra la Unidad Nacional de Protección
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 14:23:1
Contexto y naturaleza de la providencia
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera - Subsección A, proferió el pasado 25 de agosto de 2025 un auto respecto a un proceso contencioso administrativo contractual. La providencia resuelve las excepciones previas planteadas por la Unidad Nacional de Protección (UNP) en contra de una demanda presentada por un consorcio, relacionada con el supuesto incumplimiento en la liquidación del contrato número 1344 de 2021.Antecedentes fácticos y procesales
El demandante acudió a la justicia para que se declare el incumplimiento legal y contractual por parte de la UNP, debido a que esta entidad no habría procedido a la liquidación del contrato mencionado. La demanda fue admitida en noviembre de 2024, y tras las notificaciones pertinentes, la UNP respondió en febrero de 2025, oponiendo dos excepciones previas: ineptitud de la demanda por falta de claridad en las pretensiones y por indebida tasación de la cuantía. La UNP argumentó que la demanda carecía de claridad al no incluir una solicitud expresa de pago y que la cuantía no se había fijado conforme a las pretensiones, sino solo con base en el valor total del contrato. Consideró, además, que la demanda no cumplía con los requisitos formales para continuar con el trámite judicial.Consideraciones jurídicas y decisión del tribunal
El tribunal analizó las excepciones bajo el marco legal vigente, especialmente el artículo 38 de la Ley 2080 de 2021 y los artículos 100 y siguientes del Código General del Proceso. Se destacó que la ineptitud de la demanda se configura únicamente cuando el escrito inicial carece de requisitos esenciales, como la identificación de...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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