Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite reforma en demanda contra la Nación por reparación directa
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 14:24:27
Contexto y tribunal competente
La providencia fue emitida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en Sección Tercera, Subsección C, a instancia de un proceso de reparación directa promovido por una clínica que reclama el reconocimiento y pago de perjuicios materiales causados por el no pago de servicios de salud prestados en un contrato celebrado con una entidad prestadora de salud actualmente en liquidación. El medio de control utilizado es la reparación directa y la decisión corresponde a un auto que resuelve la admisión de la reforma de la demanda.
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda inicial fue presentada en agosto de 2024, en contra del Ministerio de Salud y Protección Social y la Superintendencia Nacional de Salud, por presuntas fallas en la inspección, vigilancia y control que habrían generado la insolvencia en el pago de las acreencias reconocidas por el agente liquidador de la EPS SALUDVIDA. La demanda fue admitida en diciembre de 2024 y notificada a las partes. Posteriormente, las entidades demandadas contestaron la demanda, negando la existencia de falla, omisión, daño antijurídico y ruptura del nexo causal.
En abril de 2025, la parte demandante presentó un escrito de reforma de la demanda, que inicialmente fue inadmitido en junio, pero tras subsanación en julio, fue nuevamente presentado para decisión del despacho.
Consideraciones sobre la reforma de la demanda
El Tribunal analizó la reforma conforme a las disposiciones del artículo 173 de la Ley 1437 de 2011 y los artículos 172 y 199 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), especialmente en su versión modificada por la Ley 2080 de 2021. Se...
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