Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite demanda de reparación directa contra la Superintendencia de Notariado y Registro
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 14:26:20
Contexto y naturaleza de la providencia
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera - Subsección B, en ejercicio de la primera instancia y a través de un auto fechado el 21 de agosto de 2025, admitió a trámite la demanda de reparación directa presentada por una sociedad en liquidación contra la Superintendencia de Notariado y Registro. La admisión de la demanda es una etapa procesal fundamental que permite avanzar en el análisis de fondo, y en este caso, se llevó a cabo tras la verificación del cumplimiento de requisitos formales conforme al artículo 140 del CPACA.
Antecedentes procesales
Previamente, el Tribunal había inadmitido la demanda mediante auto del 22 de mayo de 2025, debido a la falta de especificación de pruebas documentales, acreditación del envío simultáneo de la demanda a la entidad demandada y constancia de agotamiento del requisito de procedibilidad. La parte actora subsanó estas observaciones mediante un memorial presentado el 3 de junio de 2025, lo que permitió la reconsideración y eventual admisión de la demanda.
Consideraciones jurídicas y ordenamientos aplicados
El auto de admisión se basa en la verificación de los requisitos formales estipulados en el CPACA, particularmente en el artículo 140, que regula el medio de control de reparación directa. Este medio permite a cualquier persona demandar al Estado por daños antijurídicos causados por acción u omisión de sus agentes, incluyendo hechos, omisiones, operaciones administrativas o la ocupación de inmuebles por trabajos públicos.
El Tribunal reconoce la capacidad procesal de la Superintendencia de Notariado y Registro para comparecer en el proceso, representada legalmente conforme al artículo 159 del CPACA. Además, se ordena...
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