Tribunal Administrativo de Cundinamarca inadmite demanda por incumplimiento de requisitos formales en proceso de reparación directa
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 14:34:3
Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera – Subsección B, emitió un auto de inadmisión respecto de una demanda de reparación directa presentada contra la Nación – Fiscalía General de la Nación y la Sociedad de Activos Especiales SAE S.A.S. La providencia fue dictada en primera instancia bajo el régimen de oralidad.Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue presentada con el fin de obtener reparación directa por perjuicios alegados. Sin embargo, al analizar la demanda para su admisión, el tribunal constató que no cumplía con los requisitos formales previstos en los artículos 161 y 162 del CPACA. En particular, se evidenciaron deficiencias en la designación de las partes y sus representantes, así como en la acreditación de los poderes para actuar en el proceso. Además, se detectó que una de las personas que se pretendía incluir como demandante no estaba claramente identificada en su calidad procesal ni acreditó el agotamiento del requisito de procedibilidad.Fundamentos jurídicos y consideraciones del tribunal
El tribunal fundamentó su decisión en el artículo 162 del CPACA, que establece los requisitos esenciales para el contenido de la demanda, entre ellos: la correcta designación de las partes y sus apoderados, la precisión en las pretensiones, la exposición clara de los hechos y fundamentos de derecho, y la presentación de pruebas y documentos. Asimismo, se citó el artículo 170 del mismo código, que dispone la inadmisión de demandas que no cumplan con estos requisitos, otorgando un plazo para la corrección de los defectos señalados. En este sentido, el tribunal ordenó a la parte demandante aportar los poderes...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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