Tribunal Administrativo de Cundinamarca remite expediente por falta de competencia en proceso de reparación directa contra empresa de telecomunicaciones
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 14:37:46
Contexto y tribunal que profiere la decisión
La decisión fue adoptada por la Subsección B de la Sección Tercera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en Bogotá, como parte de un proceso de primera instancia. La providencia judicial asume la forma de un auto, mediante el cual se determina la competencia para conocer el asunto.Antecedentes fácticos y procesales
Una empresa estatal del sector energético presentó demanda en ejercicio del medio de control de reparación directa contra una empresa de servicios en telecomunicaciones y otros. La reclamación se originó por el pago efectuado por la entidad estatal a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) en concepto de contribución de obra pública, obligación que correspondía a los demandados como sujetos pasivos. Tras la presentación de la demanda, el magistrado ponente procedió a estudiar la competencia para conocer el caso, conforme a lo establecido en el artículo 168 del CPACA, que regula la remisión del expediente en caso de falta de jurisdicción o competencia.Consideraciones jurídicas del tribunal
El análisis del tribunal se centró en la cuantía de la demanda y la competencia asignada a los tribunales administrativos en primera instancia. El numeral 5º del artículo 152 del CPACA, modificado por el artículo 28 de la Ley 2080 de 2021, establece que los tribunales administrativos conocen los procesos de reparación directa cuando la cuantía excede de mil (1.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV). En este caso, la cuantía de la pretensión principal fue estimada en $1.173.866.000, monto inferior al equivalente a 1.000 SMLMV para el año de presentación de la demanda, que ascendía a $1.423.000.000. Se tuvo...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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