Tribunal Administrativo de Cundinamarca confirma notificación por conducta concluyente y reconoce personería jurídica en proceso de cobro coactivo
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 14:46:27
Contexto y tribunal competente
La providencia fue emitida por la Sección Cuarta, Subsección A del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en el marco de un proceso de cobro coactivo iniciado por la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP) contra el Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones (FONCEP).
Antecedentes fácticos y procesales
La UGPP presentó demanda en noviembre de 2021 contra el FONCEP, que fue asignada al despacho sustanciador del Tribunal. Tras admitir parcialmente la demanda, la parte demandada contestó oportunamente. Durante el proceso, se presentaron solicitudes para el reconocimiento de personería jurídica por sustitución de poder, tanto de la parte demandante como de la demandada.
El 19 de junio de 2025, el Tribunal profirió sentencia que declaró nulidad parcial de ciertas resoluciones relacionadas con excepciones en el proceso, ordenando continuar con la ejecución en lo pertinente. Posteriormente, se presentó un recurso de apelación contra esta sentencia y un recurso de reposición contra el auto del 18 de julio de 2025, el cual había concedido la apelación de la parte demandada y reconocido personería jurídica a su apoderada.
Consideraciones jurídicas sobre la notificación y personería
El Tribunal abordó la irregularidad detectada en la notificación de la sentencia del 19 de junio de 2025. Según el artículo 196 de la Ley 1437 de 2011, las providencias deben notificarse a las partes con las formalidades del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). La notificación de sentencias se debe realizar mediante mensaje al buzón electrónico destinado para notificaciones judiciales, acompañada de la constancia de recibo generada por el sistema.
En este caso,...
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