Tribunal Administrativo de Cundinamarca niega suspensión provisional en proceso de cobro coactivo promovido por UGPP contra FONCEP
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 14:46:51
Contexto y antecedentes procesales
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Cuarta, Subsección A, fue el encargado de resolver un recurso de reposición y apelación interpuestos por la UGPP en contra del auto del primero de noviembre de 2024, mediante el cual se negó la medida cautelar de suspensión provisional solicitada por esta entidad. La UGPP promovió un proceso de cobro coactivo contra el FONCEP y buscaba suspender los efectos de los actos administrativos objeto del cobro, alegando la posible afectación irremediable a sus derechos y al sostenimiento financiero del Sistema General de Seguridad Social. Tras la notificación del auto original, la UGPP presentó recurso de reposición y apelación, argumentando que las medidas cautelares tienen por objeto proteger provisionalmente el objeto del proceso y la efectividad de la sentencia, sin prejuzgamiento, y que en el caso concreto se cumplían los requisitos legales para conceder la suspensión provisional. En particular, señaló que la ejecución podría causar un perjuicio irreparable, dado que los pagos con cargo al erario público difícilmente serían reintegrados.Consideraciones jurídicas del Tribunal
El Tribunal analizó los recursos conforme a los artículos 229, 230, 231, 242 y 243 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), en su versión modificada por la Ley 2080 de 2021, que regulan la procedencia de recursos de reposición y apelación contra autos y la suspensión provisional de actos administrativos. Respecto al recurso de reposición, el Tribunal indicó que la suspensión provisional procede cuando se evidencia una violación clara y evidente del ordenamiento jurídico a partir del análisis del acto demandado y su confrontación con las normas...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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