Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite demanda de nulidad contra tasa de estacionamiento en Girardot
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 14:52:9
Competencia y naturaleza de la providencia
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en primera instancia, emitió un auto admisorio el 22 de agosto de 2025, en el marco de un proceso de nulidad instaurado contra un acto administrativo general de carácter tributario expedido por el Concejo Municipal de Girardot. El tribunal determinó su competencia conforme a los artículos 152 y 156 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), modificados por la Ley 2080 de 2021.Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue presentada el 14 de agosto de 2024, mediante el ejercicio del medio de control de nulidad previsto en el artículo 137 del CPACA. El objeto de la demanda es la anulación del Acuerdo 020 del 25 de noviembre de 2021, que establece la tasa por el estacionamiento sobre las vías públicas en Girardot, autoriza su cobro y regula el sistema de zonas de estacionamiento. Inicialmente, el tribunal inadmitió la demanda el 29 de mayo de 2025, solicitando al demandante que aclarara y precisara las pretensiones, fundamentara los hechos y omisiones, indicara las normas legales presuntamente vulneradas y aportara pruebas de la publicación del acto impugnado. Posteriormente, el 12 de junio de 2025, el demandante subsanó dichas deficiencias mediante escrito complementario.Consideraciones jurídicas y fundamentos del auto admisorio
El tribunal verificó que la demanda cumpliera con los requisitos formales establecidos en los artículos 162 y 163 del CPACA y que se aportara copia completa y legible del acto administrativo junto con la constancia de su publicación, conforme al artículo 166 del mismo código. Además, se estableció que la demanda fue interpuesta dentro del...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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