Tribunal Administrativo de Cundinamarca declara su incompetencia y remite proceso tributario a juez administrativo de Girardot
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 14:56:32
Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en auto fechado el 22 de agosto de 2025, conoció una demanda promovida mediante el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho por parte de una congregación religiosa contra la Secretaría de Hacienda de un municipio. La demanda buscaba la nulidad de una resolución que limitó la exención del impuesto predial unificado sobre un predio destinado al culto religioso, así como la devolución de sumas pagadas por impuesto predial. La providencia adoptada se centra en analizar la competencia para conocer el proceso, en función de la cuantía y del ámbito territorial, y concluye con la declaración de incompetencia funcional del Tribunal y la remisión del expediente al juez administrativo correspondiente.Antecedentes fácticos y procesales
El 30 de mayo de 2025, la representación legal de la comunidad religiosa presentó demanda impugnando la Resolución No. 000043 del 29 de febrero de 2025, expedida por la Secretaría de Hacienda municipal. La resolución en cuestión decretó una exención parcial del impuesto predial, aplicable únicamente a una parte del predio, con área equivalente al 27,8% del total. La demandante solicitó la nulidad de esta resolución y el reconocimiento de la exclusión del impuesto en toda la extensión del inmueble, además de la devolución de los pagos realizados por las áreas no exentas. El Tribunal Administrativo de Cundinamarca recibió la demanda y asignó el asunto a la Subsección B de la Sección Cuarta para su trámite.Consideraciones jurídicas sobre la competencia
La Sala examinó la competencia conforme a lo establecido en los artículos 152 y 157 del CPACA, que regulan...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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