Tribunal Administrativo de Cundinamarca declara falta de competencia en demanda tributaria contra la DIAN
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 15:0:43
Contexto y naturaleza de la decisión
El pasado 14 de agosto de 2025, la Sección Cuarta, Subsección B, del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en calidad de tribunal de primera instancia, emitió un auto en el que determinó no ser competente para conocer una demanda interpuesta por una sociedad contra la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). La acción judicial corresponde a un medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, mediante el cual se solicitaba anular una liquidación oficial de revisión que modificaba la declaración del impuesto sobre la renta del año gravable 2018.
Antecedentes fácticos y procesales
La sociedad demandante presentó, el 24 de julio de 2025, una demanda per saltum de nulidad y restablecimiento del derecho contra la DIAN, impugnando una liquidación en la que se determinó un mayor impuesto y una sanción por inexactitud por un valor total de $50.380.000. Entre las pretensiones se incluía la declaración de la nulidad de la liquidación, el reconocimiento de la corrección de la declaración original de impuesto sobre la renta y la negativa a cargarle las costas administrativas y procesales a la empresa.
El proceso fue asignado a la magistrada ponente de la Subsección, y tras analizar la demanda y la cuantía involucrada, se planteó la cuestión sobre la competencia para conocer el caso.
Consideraciones jurídicas y fundamento de la decisión
La competencia para conocer de procesos de nulidad y restablecimiento del derecho en materia tributaria está regulada por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), modificado por la Ley 2080 de 2021. Según el artículo 152, los tribunales administrativos...
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