Providencia emitida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Cuarta, Subsección “B”, con sede en Bogotá D.C., profirió un auto el 22 de agosto de 2025 en el marco de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho. La providencia corresponde a la admisión de la demanda presentada por una fundación hospitalaria en contra de la Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá.
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue interpuesta el 8 de abril de 2025, mediante apoderado judicial, con el propósito de obtener la nulidad de dos actos administrativos emitidos por la Secretaría Distrital de Hacienda. Estos actos consisten en una liquidación oficial de revisión del impuesto predial unificado, fechada el 2 de agosto de 2023, que modificó la declaración privada presentada por la demandante, y una resolución del 25 de noviembre de 2024 que resolvió un recurso de reconsideración interpuesto contra dicha liquidación.
El expediente fue asignado al despacho correspondiente mediante acta de reparto del 6 de abril de 2025 y cargado para proveer sobre su admisión el mismo día.
Consideraciones y ordenamientos del auto
En cumplimiento de los requisitos legales, el Tribunal decidió admitir la demanda en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho. En consecuencia, se establecieron varias órdenes procesales:
- Notificación personal: Se ordenó notificar al representante legal de la Secretaría Distrital de Hacienda o a quien tenga tal función, a través del correo electrónico designado, conforme a lo previsto en el artículo 199 de la Ley 1437 de 2011, modificado por el artículo 48 de la Ley 2080 de 2021.
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