Tribunal Administrativo de Cundinamarca adiciona auto en proceso sobre propiedad industrial entre CF TECH y Superintendencia de Industria y Comercio
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 15:13:10
Contexto y tribunal competente
La providencia fue emitida por la Sección Primera, Subsección “A” del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en el marco de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho en materia de propiedad industrial, radicado bajo el número 2500023410002023-00387-00. La parte demandante es CF TECH COLOMBIA S.A.S., la parte demandada es la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), y el tercero interesado es una empresa del sector de telecomunicaciones.
Antecedentes fácticos y procesales
CF TECH COLOMBIA S.A.S. interpuso demanda contra la Superintendencia de Industria y Comercio cuestionando varias resoluciones administrativas sobre el registro y uso de marcas comerciales en disputa con el tercero interesado. En auto del 11 de agosto de 2024, el Tribunal dispuso la expedición de sentencia anticipada, reconociendo como pruebas los documentos allegados por las partes y fijando el litigio, además de adelantar traslado a las partes para alegar de conclusión.
Posteriormente, la parte demandante presentó solicitud de adición del auto proferido el 1 de agosto de 2024, argumentando que no se había pronunciado sobre pruebas nuevas aportadas en el escrito mediante el cual se descorrió el traslado de la contestación de la demanda del tercero interesado. Esta solicitud se sustentó en lo dispuesto en el parágrafo 2° del artículo 175 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).
Consideraciones y alcance de la providencia
El Tribunal analizó la solicitud de adición conforme al artículo 287 del Código General del Proceso (CGP), aplicable por remisión del artículo 306 del CPACA, que establece la obligación de adicionar sentencias cuando estas omiten pronunciamiento sobre aspectos esenciales del litigio.
El despacho revisó el auto inicial y reconoció que no se había valorado debidamente el conjunto de pruebas documentales presentadas por la demandante en el momento procesal oportuno. Estas pruebas incluyen múltiples páginas web, notas periodísticas, materiales fotográficos, facturas, certificados y oficios que buscan demostrar el uso efectivo y la presencia en el mercado colombiano y latinoamericano de la marca en disputa, así como la ausencia de conexidad competitiva con las marcas registradas por el tercero interesado.
Además, se ordenó requerir nuevamente a la Superintendencia de Industria y Comercio para que aporte la totalidad de los antecedentes administrativos relacionados con varios expedientes de registro de marcas implicados en el proceso, lo cual es esencial para un adecuado análisis jurídico.
En atención al derecho de contradicción, el Tribunal dispuso la fijación de una audiencia para la presentación y contradicción del dictamen pericial aportado, que se llevará a cabo a través de plataforma virtual. Este procedimiento garantiza la participación activa de las partes en el análisis técnico de la prueba.
Finalmente, el auto original del 1 de agosto de 2024 fue dejado sin efecto en su numeral primero, para incorporar los nuevos elementos probatorios y asegurar la correcta administración de justicia.
Conclusión de la providencia
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca acordó adicionar el auto previo para reconocer y valorar las pruebas aportadas oportunamente, ordenar la entrega completa de antecedentes administrativos a la entidad demandada, y fijar la audiencia de contradicción pericial. Esta decisión reafirma la importancia del control de legalidad y la garantía del debido proceso en los litigios de propiedad industrial, asegurando que todas las pruebas relevantes sean consideradas antes de emitir sentencia definitiva.
Las notificaciones correspondientes serán realizadas a través de la Secretaría de la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, garantizando la transparencia y el acceso a la información para las partes involucradas. Con esta providencia, se espera fortalecer la seguridad jurídica en materia de propiedad industrial y promover un entorno más justo para los actores del mercado.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.