Tribunal Administrativo de Cundinamarca remite proceso de nulidad y restablecimiento del derecho por falta de competencia funcional
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 15:15:36
Contexto y antecedentes del caso
El auto fue proferido por la Sección Primera, Subsección B, del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en el marco de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho instaurado por una entidad promotora de salud en contra de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) y otras entidades. La demanda fue admitida en agosto de 2024 y versaba sobre la nulidad parcial de comunicaciones administrativas relativas a la negativa de ADRES de reconocer y pagar gastos asumidos por la entidad promotora en la cobertura efectiva de tecnologías no incorporadas en el Plan de Beneficios en Salud. El monto reclamado asciende a más de ochocientos millones de pesos, distribuido en recobros y gastos administrativos.Marco normativo y análisis de competencia
El Tribunal inició su análisis revisando el marco jurídico aplicable, especialmente el artículo 207 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), que establece la obligación de ejercer control de legalidad al concluir cada etapa procesal. Asimismo, se atendió al artículo 16 del Código General del Proceso (CGP), que regula la prorrogabilidad e improrrogabilidad de la jurisdicción y competencia por factores subjetivos y funcionales, resaltando que estos son improrrogables y que la ausencia de competencia debe ser declarada de oficio o a petición de parte, con remisión inmediata al juez competente. Posteriormente, se revisaron los artículos 152 y 155 del CPACA, que delimitan la competencia por razón de cuantía para conocer en primera instancia de procesos de nulidad y restablecimiento del derecho. Los tribunales administrativos conocen los asuntos cuya cuantía supera...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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