Tribunal Administrativo de Cundinamarca remite proceso por falta de competencia funcional en demanda contra ADRES
Proviene de: Sentencias
3 de septiembre de 2025 15:16:4
Contexto y tribunal competente
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección B, conoció el proceso iniciado por una Entidad Promotora de Salud (EPS) que interpuso demanda de nulidad y restablecimiento del derecho contra la ADRES y otras entidades relacionadas. La demanda reclama el pago de gastos incurridos por la EPS en tecnologías de salud no incluidas en el Plan Obligatorio de Salud (POS), ahora denominado Plan de Beneficios, por un valor superior a mil millones de pesos.
Tras admitir la demanda en marzo de 2025 y recibir la contestación en junio del mismo año, el tribunal procedió a verificar su competencia funcional conforme al artículo 207 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) y el Código General del Proceso (CGP).
Antecedentes fácticos y procesales
La EPS demandante solicitó la nulidad parcial de las comunicaciones emitidas por ADRES que negaron el reconocimiento y pago de los gastos por tecnologías no financiadas en las Unidades de Pago por Capitación (UPC). Reclamó la suma de $1.174.463.871,61 por mil recobros, argumentando que asumió esos costos con recursos propios.
El tribunal admitió la demanda pero, al avanzar en el proceso, se planteó la necesidad de verificar la competencia para continuar conociendo el asunto, en atención a las normas que regulan la competencia funcional en procesos de nulidad y restablecimiento del derecho.
Consideraciones jurídicas y razón principal de la decisión
El análisis se estructuró en torno a cuatro aspectos: la prorrogabilidad de la competencia, la competencia de jueces y tribunales administrativos en primera instancia, el factor funcional en relación con la cuantía y su aplicación al caso concreto.
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